24 sept 2010

RUMANOS GITANOS.....DISCRIMINACIÓN?

Hoy día es fácil pasear por cualquier calle de nuestra ciudad y encontrarnos en la entrada de un supermercado una mujer sentada en el suelo apoyada junto a la pared, algo desaliñada, sin asear... la cual nos pide insistentemente algo de dinero, o también los hemos visto llevando a cabo labores de aparca coches (bobys como dicen ellos) en cualquier acera de sevilla, madrid...etc..y es que escuchamos últimamente numerosas noticias las cuales nos hablan de la supuesta marginalidad y racismo que viven ciertos colectivos de inmigrantes, y con mayor auge el colectivo gitano-rumano. Lo anteriormente narrado es indignante desde cualquier punto de vista, ya que ver continuamente a alguien sin ningún tipo de futuro y arrastrados como despojos por las ciudades y carreteras nos hace que pensar. Los rumanos como todos sabemos hace ya algún tiempo forman parte como ciudadanos de la unión europea, entonces por qué ciertos países como Francia e Italia hacen de la Ley su antojo y llevan a cabo políticas en las cuales la expulsión y repatriación forman parte de su campaña.
He leído que Francia ha expulsado a sus respectivos países este verano a cientos de Rumanos y Búlgaros de etnia gitana que se habían instalado en campamentos considerados como ilegales por las autoridades galas.
Pues bien sin duda eso es tomar la iniciativa, porque no hay mayor discriminación que la NO toma de medidas por parte los estados de los diferentes países que se ven en la coyuntura de "adoptar" a estos ciudadanos o hacerles entender que no se puede llegar a un país sin ningún tipo estabilidad personal, familiar, sin opciones de integración y sin ofrecerle nada positivo nada más que la marginalidad, el vivir en poblados alejados de la ciudadanía, y son mínimos los casos en los que éstos se mezclan entre nosotros, trabajando, esforzándose por ayudar a crecer a un pueblo y a convivir plenamente.
Porque en esto nada tiene que ver la crisis, esto lo llevamos viviendo hace ya mucho tiempo, la delincuencia va unida actualmente y duela a quien le duela, a la no integración, al mal vivir, al bajo nivel cultural y a la pobreza.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Artículo 510.

1. Los que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía, serán castigados con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses.

2. Serán castigados con la misma pena los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, difundieren informaciones injuriosas sobre grupos o asociaciones en relación a su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía.

Artículo 511.

1. Incurrirá en la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años el particular encargado de un servicio público que deniegue a una persona una prestación a la que tenga derecho por razón de su ideología, religión o creencias, su pertenencia a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía.

2. Las mismas penas serán aplicables cuando los hechos se cometan contra una asociación, fundación, sociedad o corporación o contra sus miembros por razón de su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros o de alguno de ellos a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía.

3. Los funcionarios públicos que cometan alguno de los hechos previstos en este artículo, incurrirán en las mismas penas en su mitad superior y en la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a cuatro años.